LA JUSTICIA REFRENDA QUE EL USO DE PRÁCTICAS CARENTES DE BASE CIENTÍFICA ES CONTRARIO A LA DEONTOLOGÍA MÉDICA
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado un recurso de la Asamblea Nacional de Homeopatía contra el artículo 23 del Código de Deontología Médica de la Organización Médica Colegial referido al uso de prácticas carentes de base científica como procedimientos contrarios a la Deontología Médica.
La sentencia recoge que no ha lugar ni la vulneración del principio de tipicidad ni la del de legalidad sustento de la demanda, por lo que procede desestimar un recurso cuyo éxito derivaría en eliminar del Código Deontológico el principio básico de que todo profesional debidamente habilitado para el ejercicio de la Medicina debe adaptar su obrar al método científico y usar medios y tratamientos de tal naturaleza; lo que se erige a su vez, en pauta de comportamiento profesional y garantía de sendas vida y salud del paciente.
La Organización Médica Colegial aplaude y celebra este rotundo refrendo de la justicia al Código de Deontología Médica aprobado en diciembre de 2022. Para el Dr. Tomás Cobo, presidente de la OMC, esta sentencia “supone un espaldarazo a la Medicina en su conjunto, a nuestra organización, al método científico y a la seguridad del paciente en particular. A pesar de las dificultades que en muchas ocasiones supone la lucha contra las pseudoterapias sin ningún tipo de evidencia científica, no vamos a cejar en defender la Medicina y a nuestra principal razón de ser, que son nuestros pacientes”.
La Dra. Rosa Arroyo, vicepresidenta segunda de la OMC y coordinadora del Observatorio contra las pseudociencias de la OMC (OPPISS), recuerda que “el Código Deontológico marca nuestro comportamiento y vulnerarlo puede conllevar graves sanciones e incluso la suspensión de la colegiación. No hay Medicina alternativa, hay Medicina basada en la evidencia, y bajo ese compromiso vamos a seguir trabajando desde las organizaciones profesionales en acciones como la promoción de la educación sanitaria, la sensibilización y formación transversal, y en lograr la regulación de la publicidad sanitaria”. Publicado el 10 de diciembre de 2024