El Comité de Huelga de la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) y el Sindicato Médico Andaluz (SMA) ha presentado este jueves ante los medios de comunicación el texto que recoge sus propuestas para la elaboración de un estatuto propio del médico y el facultativo, principal reivindicación de ambas organizaciones desde que el Ministerio de Sanidad facilitara el borrador de Estatuto Marco que pretende aprobar y que ha generado el rechazo unánime de toda la profesión.
El presidente de CESM, Miguel Lázaro, explicaba que este documento -no jurídico y abierto a aportaciones- es fruto del trabajo durante muchos meses en los que ambas organizaciones han tendido la mano al diálogo con el ministerio en busca de un consenso que permitiera avanzar en la mejora de las condiciones laborales de los profesionales, a los que el borrador ministerial discrimina respecto al resto de categorías sanitarias.
Así, pese a los muy escasos avances producidos en las negociaciones, la actitud constructiva del Comité de Huelga ha llevado a la elaboración de un texto que facilite diferenciar las especiales condiciones de formación y responsabilidad de los médicos y facultativos y cómo debería ser su regulación. “Es necesario que los profesionales cuenten con una norma específica y un ámbito para negociarla propio, una reclasificación adecuada a sus requisitos formativos y de desempeño laboral y una jornada de trabajo que no perpetúe el maltrato al médico y facultativo, especialmente en lo referente a guardias, descansos, retribuciones o cómputo de horas para la jubilación. Se trata de reconocer adecuadamente al eslabón fundamental del proceso asistencial”, incidía.
Por su parte Rafael Ojeda, presidente del SMA, señalaba que el contenido de la propuesta de estatuto propio del Comité de Huelga podría resumirse en unos puntos concretos, empezando por una clasificación profesional que reconozca la singularidad de la cualificación, las funciones y la responsabilidad del personal médico con dos grupos de clasificación específicos, modificando el Estatuto Básico del Empleado Público para crear una categoría A1+. En esta línea, se requiere la creación de un Ámbito de Negociación nacional y Mesas sectoriales del personal médico y facultativo.
Ojeda incidía en que es necesaria una regulación concreta en materia de jornada laboral, fijando una jornada máxima de 35 horas semanales en horario de mañana en día laborables, y que todo lo que la exceda se considere exceso de jornada, que deberá ser voluntaria y retribuirse de manera no inferior a la hora ordinaria. Además, se reclama una regulación diferenciada para las guardias, las guardias localizadas, los descansos o la exención de guardias, todo ello acompañado de mejoras retributivas y medidas que mejoren la conciliación personal y laboral.
El presidente del SMA también recordaba que el texto incluye propuestas para un sistema de jubilación anticipada voluntaria total o parcial, la prohibición de la movilidad forzosa, la designación de puestos directivos o medidas concretas para luchar contra las agresiones.
Por último, Víctor Pedrera, secretario general de CESM, recordaba el decálogo que recoge las reivindicaciones básicas del colectivo, que pasan por un reconocimiento de las funciones específicas del médico y el facultativo en el sistema sanitario; un ámbito de diálogo y negociación propios; un marco normativo propio que regule los aspectos específicos del ejercicio de la profesión su papel en el sistema sanitario; una clasificación profesional que refleje de manera correcta la cualificación, funciones y responsabilidad del colectivo; una regulación de la jornada laboral que proteja sus derechos laborales y su salud; unas mejoras retributivas y garantía de derechos laborales durante el periodo de especialización; una equiparación efectiva de derechos laborales y retributivos de todos los profesionales, con independencia de que ejerzan o no en régimen de exclusividad; una regulación de la jubilación acorde a la penosidad inherente a su ejercicio; una regulación de la carrera profesional desvinculada de la agencia de calidad sanitaria y una protección de los derechos laborales y retributivos en situaciones vinculadas a IT, maternidad/paternidad, edad o enfermedad, así como del derecho a la conciliación de la vida personal y profesional.
Acciones previas a la huelga del 3 de octubre
Los responsables sindicales recordaban que ambas organizaciones se encuentran a la espera de que el ministerio convoque nuevas reuniones con el Comité de Huelga, pero que mientras tanto las movilizaciones planteadas contra el borrador de Estatuto Marco siguen adelante. En este sentido, ha señalado que CESM y SMA pretenden presentar ante Sanidad las alegaciones sobre jornada laboral el próximo 16 de septiembre y convocarán una concentración frente al ministerio para presentar el proyecto de estatuto propio el 23 de septiembre. Ese mismo día se registrará en el Congreso la solicitud de reunión con los grupos parlamentarios para poder exponerles dicha propuesta de norma y recabar su apoyo en el caso de que el borrador ministerial sea enviado a la Cámara Baja para su tramitación. Además, se presentará también el documento en las consejerías autonómicas de Sanidad.
Estas acciones se llevarán a cabo de manera previa a la segunda jornada de huelga convocada por ambas organizaciones para el próximo 3 de octubre, donde por segunda vez, como ya ocurriera el pasado 13 de junio, se ha hecho un llamamiento a todos los profesionales del Sistema Nacional de Salud para que muestren por qué el borrador de Estatuto Marco ha generado el rechazo frontal del colectivo.
Decálogo de reinvindicaciones
1. RECONOCICIMIENTO DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COLECTIVO MÉDICO Y FACULTATIVO EN EL SISTEMA SANITARIO
El principal problema del Sistema Nacional de Salud (SNS) en el momento actual es la grave crisis que sufre la medicina pública. El modelo de gestión del SNS, concebido hace 40 años al margen del colectivo médico, cuando no decididamente en su contra, ha devaluado deliberadamente la relación médico-paciente, provocando con ello el deterioro de la calidad asistencial y la huida de los facultativos de la sanidad pública. No es verdad que en España falten médicos, lo que falta son médicos que quieran trabajar en el sistema público.
Es necesario, por tanto, reformar en profundidad el actual modelo de gestión coactivo y burocratizado para recuperar el papel esencial del facultativo en la dirección y el liderazgo del proceso asistencial, como única vía para garantizar su eficiencia y su calidad.
Necesitamos un modelo de gestión de la sanidad pública que atraiga y retenga a los facultativos a través de un sistema de incentivos realistas e individualizados, un modelo de carrera profesional basado en la experiencia, la mejora de nuestras condiciones laborales y retributivas, la dignificación del periodo de especialización, así como la protección de nuestra salud laboral y la garantía de nuestros derechos laborales, sistemáticamente ignorados en el momento actual.
2. UN ÁMBITO DE DIÁLOGO Y NEGOCIACIÓN PROPIOS
El actual marco de negociación laboral común para todo el personal sanitario y no sanitario es irracional e ineficaz, pues impide abordar adecuadamente los problemas y carencias específicos de un colectivo minoritario como el nuestro. Un ámbito de negociación que relega a un segundo plano la negociación de las condiciones laborales y retributivas de los facultativos es inútil y acabará arrastrando al sistema a la ineficiencia y la inoperancia.
Es imprescindible, por tanto, disponer de un ámbito de negociación propio del personal médico y facultativo en el que abordar las condiciones específicas del ejercicio de nuestra
profesión y plantear soluciones a su crisis actual.
3. UN MARCO NORMATIVO PROPIO QUE REGULE LOS ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL EJERCICIO DE NUESTRA PROFESIÓN Y NUESTRO PAPEL EN EL SISTEMA SANITARIO
Las condiciones de trabajo del personal médico y facultativo, sus funciones y su papel esencial en el proceso asistencial, vinculadas todas ellas a su singular cualificación y responsabilidad, son diferentes de las de cualquier otra categoría profesional. Ningún otro colectivo tiene un papel equiparable en la garantía de la calidad asistencial, la reducción de la demora asistencial o de las listas de espera, la salvaguarda de los derechos de los pacientes, la planificación y liderazgo del proceso asistencial o el desarrollo de un modelo asistencial centrado en la calidad y no en meros criterios economicistas.
El desempeño de este papel específico dentro del sistema sanitario hace que resulte imprescindible contar con un marco normativo propio que regule aspectos específicos del ejercicio de nuestra profesión, tales como la selección y movilidad del personal, los incentivos, el desarrollo profesional, el acceso a funciones de gestión y dirección, así como, de manera muy destacada, la jornada laboral y la regulación y retribución de los excesos de jornada.
4. UNA CLASIFICACIÓN PROFESIONAL QUE REFLEJE DE MANERA CORRECTA LA CUALIFICACIÓN, FUNCIONES Y RESPONSABILIDAD DE NUESTRO COLECTIVO
La atribución de funciones propias de los médicos a otras categorías profesionales que se está produciendo en los últimos años devalúa la relación médico-paciente y, con ella, la calidad asistencial. Esta voluntad de ignorar en la práctica las grandes diferencias que existen en la cualificación, las funciones y la responsabilidad de cada categoría profesional explica la pretensión de incluir a todos los graduados en una categoría común, el A1.
Esta devaluación del papel del facultativo en el sistema sanitario, asignando sus funciones a otros profesionales y equiparando administrativa y retributivamente a todos ellos dentro de un mismo grupo de clasificación profesional, solo conseguirá profundizar el actual deterioro de la sanidad pública.
Es necesario, por tanto, establecer un sistema de clasificación profesional que reconozca y retribuya de manera específica la cualificación, las funciones y las responsabilidades específicas del colectivo médico y facultativo.
5. UNA REGULACIÓN DE LA JORNADA LABORAL QUE PROTEJA NUESTROS DERECHOS LABORALES Y NUESTRA SALUD
El Sistema Nacional de Salud debe gran parte de su eficiencia a la sobrecarga laboral, las bajas retribuciones y los recortes de derechos laborales del personal médico y facultativo. La obligación de sobrepasar la jornada laboral con una “jornada complementaria” obligatoria, extenuante y mal retribuida, aplicada de forma abusiva e innegociable, constituye un acto de explotación laboral inaceptable en la sociedad actual.
Con la regulación que establece el Estatuto Marco actual, y también con la actual propuesta del Ministerio de Sanidad, los médicos y facultativos podemos ser privados “por necesidades del servicio” de nuestros derechos laborales más básicos, como el derecho a una jornada máxima, al descanso o a la conciliación de la vida personal y profesional.
Urge, por tanto, regular las condiciones laborales del personal médico y facultativo de forma que se garanticen nuestros derechos y se proteja nuestra salud en el ámbito laboral.
6. MEJORAS RETRIBUTIVAS Y GARANTÍA DE DERECHOS LABORALES DURANTE EL PERIODO DE ESPECIALIZACIÓN
Con demasiada frecuencia, los médicos y facultativos son tratados durante su periodo de especialización como si careciesen de derechos laborales. Se recurre a ellos como mano de obra barata a costa de su formación, se los utiliza para reforzar unas plantillas médicas insuficientes y se les retribuye de forma ridícula.
La sanidad pública debe disponer de un programa de especialización médica que incentive profesional y económicamente a los tutores, mejore las retribuciones de los especialistas internos residentes y garantice todos sus derechos laborales.
7. EQUIPARACIÓN EFECTIVA DE DERECHOS LABORALES Y RETRIBUTIVOS DE TODOS LOS PROFESIONALES, CON INDEPENDENCIA DE QUE EJERZAN O NO EN RÉGIMEN DE EXCLUSIVIDAD
La discriminación histórica de los profesionales con compatibilidad para el ejercicio privado de la profesión es injusta y alienta su salida de la sanidad pública. No es aceptable que profesionales que desarrollan una misma actividad perciban retribuciones diferentes por razones basadas en prejuicios y no en el producto de su trabajo.
La normativa aplicable al colectivo médico y facultativo debe garantizar la igualdad de las condiciones laborales, las retribuciones y el acceso a puestos de responsabilidad de todos los profesionales, prohibiendo la obligatoriedad de la exclusividad y cualquier forma de discriminación vinculada a ella.
8. REGULACIÓN DE LA JUBILACIÓN ACORDE A LA PENOSIDAD INHERENTE AL EJERCICIO DE NUESTRA PROFESIÓN
Los excesos de jornada a los que nos vemos obligados de forma sistemática médicos y facultativos nos llevan en la práctica a superar ampliamente el tiempo de trabajo efectivo de cualquier otro trabajador público o privado. Este exceso de jornada no tiene reflejo en el cálculo de la edad máxima de jubilación, ni en el cómputo de plazos o la cuantía de la prestación por jubilación, a pesar de que, a igualdad de tiempo cotizado, podemos llegar a duplicar el tiempo de trabajo efectivo en comparación con el resto de los empleados públicos. Este exceso de jornada, además, se realiza en condiciones de especial penosidad, en horario de noche y en festivos y a costa de periodos de trabajo ininterrumpido de hasta 24 horas.
Es necesario reformar la normativa que regula la jubilación del colectivo médico y facultativo para incluir coeficientes correctores que contemplen este exceso de jornada a afectos de cálculo de la edad máxima de jubilación, posibilitando la jubilación voluntaria anticipada y la jubilación parcial.
9. REGULACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL DESVINCULADA DE LA AGENCIA DE CALIDAD SANITARIA
Las enormes diferencias que existen entre las diferentes comunidades autónomas en materia de carrera profesional carecen de justificación y prueban la naturaleza arbitraria de su regulación. Es absurdo que la progresión dentro de la carrera profesional para una misma categoría profesional se atenga a criterios tan dispares de una comunidad a otra. De hecho, a menudo los requisitos para acceder a los diferentes niveles obedecen más al objetivo de obstaculizar la mejora retributiva que al de recompensar al profesional en función de su experiencia.
La regulación de la carrera profesional, por tanto, debe estar garantizada en toda España en cinco niveles y debe basarse fundamentalmente en criterios objetivos vinculados al tiempo de trabajo.
10. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES Y RETRIBUTIVOS EN SITUACIONES VINCULADAS A IT, MATERNIDAD/PATERNIDAD, EDAD O ENFERMEDAD, ASÍ COMO DEL DERECHO A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL Y PROFESIONAL
El injusto marco regulatorio actual provoca que los facultativos y las facultativas que se encuentran en situaciones de embarazo, maternidad/paternidad, enfermedad, o cuya edad desaconseja la realización de guardias y excesos de jornada por motivos de salud, sufran importantes pérdidas retributivas y vean recortados sus derechos. No es infrecuente, por ejemplo, que los y las profesionales que solicitan reducciones de jornada para el cuidado de los hijos se vean sometidos a diversas formas de presión con el fin de desincentivar dicha solicitud o limitar su duración.
La regulación de la actividad y las retribuciones del personal médico y facultativo debe garantizar sus derechos en materia de conciliación de la vida personal y profesional, así como unas retribuciones justas en situaciones de IT, maternidad/paternidad, enfermedad o cuando su edad desaconseja exceder la jornada laboral.